Oratoria Forense: El Arte de hablar en los Juicios Orales

miércoles, 6 de junio de 2012


La oralidad no es solo el conjunto de palabras, oraciones y frases que hacen a la idea expresada; es también la comunión del lenguaje anexo, como el cuerpo que habla. Y también en ella participan otras disciplinas de la comunicación no menos importantes, como son las Neuro Ciencias, la Sociología, la Proxemia, la Cronemia (por nombrar algunas de lo que denominamos "Nuevas Propuestas Linguísticas"), todo dentro de un marco Neuro-comunicacional, donde los cinco sentidos manifiestan sus predominios, que pendulan entre la lógica y la emocionalidad. 
Éstos predominios son los que generan estímulos que modifican el estatus de las necesidades prioritarias de quienes nos escuchan, que son, en definitiva, las que pesan a la hora de tomar decisiones, influida por la oralidad inteligente.

Ahora bien, es oportuno precisar qué es lo que significa que la Oralidad sea parte integrante del Debido Proceso. Cuando decimos esto, estamos propugnando que la idea de la expresión directa y verbal de los argumentos y cuestionamientos de las partes, (con respecto a los acontecimientos del proceso), sea interpretada como el motor generatriz de las diligencias e incidencias establecidas en la nueva forma de legislación. 

En este sentido deberá ser respetada como mecanismo procesal que garantiza e integra el Derecho de Defensa. 
Y precisamente en la contienda entre fiscales y defensores, preparados científicamente para la oralidad, es donde surge con fuerza arrolladora la verdad, para que ésta sea Justicia.

Cordialmente: Rosa Elena Rodriguez Luna y Carlos Hugo Corezza Maiti

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1 comentarios:

  1. Freddy dijo...:

    muy interesante, deseo tomar el curso por favor mas informacion del curso

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